Este bufete vigués logró un «acuerdo excepcional» para Kevin, uno de los acusados de matar al placero Antonio Costa en Santiago de Compostela. Lo más impactante del pacto es que no tendrá que abonar indemnización a la familia del fallecido
La reforma legal está dando lugar a buenos acuerdos. El bufete vigués Salceda & Abogados logró el lunes dar un giro a los acontecimientos y cerrar un acuerdo de conformidad minutos antes de comenzar el juicio por jurado a dos jóvenes acusados de matar a golpes y con una barra de hierro al placero Antonio Costa Martínez en Santiago de Compostela. Al entrar en la sala, los dos implicados se declararon culpables y aceptaron once años y medio de cárcel, frente a los 20 que pedía la familia, y se libraron de pagar la indemnización. El despacho vigués defendía a Kevin, uno de los jóvenes, y asegura que la negociación para lograr una sentencia firme y ese «acuerdo excepcional» fue «especialmente ardua, en un contexto de elevada complejidad jurídica y procesal».

Parecía el caso de nunca acabar. María Josefa O. funcionaria pública del Servicio Gallego de Salud (SERGAS) había sido absuelta, en apelación, por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) del delito continuado de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario público. Fue en una sentencia que tenía fecha de 16 de noviembre de 2022.

La autopsia, que acreditaba la implicación de ambos investigados en la muerte de Antonio Costa, clave para que acusaciones y defensas hayan suscrito una sentencia de conformidad
El juicio, como estaba previsto, se ha resuelto por la vía rápida. Los dos acusados de matar en 2024 a un placero del mercado de abastos de Santiago de Compostela han aceptado una pena de 11 años y medio de prisión por homicidio. La autopsia, que acreditaba la implicación de ambos jóvenes en la muerte violenta de Antonio Costa, ha sido clave para que acusaciones y defensas alcanzasen un acuerdo y pactasen una sentencia de conformidad, que, por consiguiente, ya es firme.

Consideran que la denunciante pudo autorizar a su progenitora cuando ambos tenían buena relación
A la tercera va la vencida. Una funcionaria del Sergas que trabajaba como oficinista en Admisiones de un hospital de Vigo ha sido absuelta definitivamente de fisgonear en el historial clínico de su hija entre el 2012 y 2014. La sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) tiene una «duda razonable» de que la denunciante, cuando tenía buena relación con su madre, pudo haber consentido que consultase sus datos médicos y, ante la duda, absuelve.
El TSXG desestimó su recurso en el que pedía la condonación parcial de la deuda con la Xunta tras abonar a los perjudicados las indemnizaciones
El Tribunal Supremo condenó en 2018 a Construcuatro, la promotora de los pisos de protección oficial de dos torres de la calle Teixugueiras del polígono de Navia, al pago de 3,7 millones (1,2 en indemnizaciones a los vecinos perjudicados y 2,4 de multa a la Xunta) por inflar en hasta 34.000 euros el precio de estas viviendas alegando “mejoras” en las mismas.
La firma devolvió entonces a los compradores los sobreprecios, restando, por lo tanto, la deuda con la Xunta. Sin embargo, en lugar de hacer frente a este pago, solicitó una condonación parcial de la misma alegando que había hecho frente al pago de las indemnización a los perjudicados.
La jefatura territorial de la Consellería de Medio Ambiente rechazó dicha petición que ahora acaba de ser ratificada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), y obliga a la promotora al pago íntegro de la multa de 2,4 millones de euros a la Xunta.
Alegaba la representación legal de Construcuatro que el único motivo que se defendía para no concederles la condonación de la deuda era la falta de “voluntariedad” para proceder al pago del reintegro a los compradores lo que “no se corresponde con la realidad”.
FUENTE: Faro De Vigo

Se suele decir que a la tercera va la vencida. Y ha sido a la tercera, ya de forma definitiva, en que María Josefa O., funcionaria pública del Servicio Gallego de Salud (SERGAS), ha obtenido la absolución definitiva después de que la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), anulara las dos sentencias anteriores.María Josefa O. había sido acusada, por su propia hija, Marta María C., de un delito continuado de revelación de secretos cometido por funcionario público. Y también por el Ministerio Fiscal, que solicitaba 4 años de cárcel y 15.000 euros de indemnización por los daños y perjuicios psicológicos y morales sufridos por la joven.
Los compradores de vivienda protegida de la Xunta habían tenido que abonar 60.000 euros cada uno a mayores por supuestas «mejoras».
La promotora Construcuatro SA no podrá librarse de la multa de 2,47 millones que le impuso la Xunta en el 2011 por una infracción muy grave porque cobró sobreprecios a los compradores de viviendas protegidas en el PAU de Navia por supuestas «mejoras». Solicitaban una condonación parcial del 75 % de la deuda, para que les quedase rebajada a 617.500 euros. Sin embargo, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en una sentencia del 15 de febrero, desestima las pretensiones de la constructora porque no explicó las razones por las que se debería beneficiar de tal «excepcionalidad».
Hace dos décadas, más de cinco mil aspirantes suspiraban por uno de los 1.488 pisos de promoción pública en el nuevo polígono de Navia. Los agraciados obtuvieron pisos por 108.000 euros como máximo pero la promotora les obligaba a firmar un contrato B con un recargo de 60.000 euros por un segundo garaje, armarios con puertas correderas, trasteros o muebles de cocina de calidad.
La Audiencia en Vigo ha absuelto por tercera vez a la funcionaria del Sergas que prestaba servicio en Admisiones de un hospital de Vigo y que estaba acusada de espiar el historial médico de su hija entre el 2012 y el 2014. El tribunal concluye que existía un consentimiento tácito y nunca revocado que su hija le había concedido tiempo atrás a la madre para consultar su historia clínica en la base de datos del Sergas, como hacía con los hermanos de la denunciante, quienes explicaron que estas consultas eran habituales y con total confianza. Además, la sala considera que el testimonio de la hija estaba repleto de inexactitudes e imprecisiones.







